La Confederación Abulense de Empresarios (CONFAE) ha mostrado su desacuerdo en las últimas horas con la realización de la huelga prevista para el próximo jueves 8 de marzo alegando que hay razones por las que se secunda la huelga que no son laborales.
A nivel nacional, la CEOE (Confederación española de organizaciones empresariales) y CEPYME (Confederación española de la pequeña y mediana empresa), afirman que esta convocatoria se produce cuando se encuentra abierta la mesa de negociación colectiva, que correspondería al IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (IV AENC), y mientras se están desarrollando estos encuentros por parte de los sindicatos y la patronal en materia de igualdad. En nuestra provincia, desde CONFAE creen que "la convocatoria de huelga general no es el mecanismo más adecuado" y el momento más oportuno para la consecución de estos acuerdos de igualdad. Añaden que subyacen en estas reivindicaciones otros motivos sociales como el rechazo a la violencia machista y el rechazo a las políticas de igualdad de género del Gobierno, por lo que no entienden que "estas razones se quieran combatir con una huelga contra las propias empresas".
La patronal de empresarios abulenses recuerda que los paros intermitentes previstos para los distintos turnos pueden acarrear problemas de gestión y organización del personal. Además, insisten en que las empresas y los centros privados y públicos deberán permanecer abiertos para garantizar el derecho a trabajar de quien no desee secundar la huelga. Ponen de manifiesto que los piquetes deben limitarse a labores informativas o de propaganda, siendo ilícita la ocupación de dependencias y locales públicos o privados.
CONFAE considera que esta reivindicación está convocada por las organizaciones sindicales (UGT, CCOO, CNT, CGT y USO) y que afectará de forma directa a las actividades laborales desempeñadas por los trabajadores y por los empleados públicos de España.
La patronal se ha puesto en contacto con los empresarios de la organización de la provincia de Ávila para ofrecerles una serie de pautas, tales como los efectos jurídicos para los participantes de la huelga: suspensión del contrato de trabajo durante el tiempo en el que se mantenga la huelga, suspensión del periodo de prueba durante la huelga o no devengo del salario durante las horas no trabajadas.