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Castilla y León reabre el martes el consumo en barra y el ocio nocturno

Castilla y León reabre el martes el consumo en barra y el ocio nocturno

El vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea. / JCyL.
El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, ha anunciado esta mañana durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que la Junta de Castilla y León ha acordado no prorrogar las medidas restrictivas. De esta forma, la Comunidad pasará a nivel 1 a partir del lunes 13 de septiembre a las 23:59 horas. 
Este nivel de alerta supone que los aforos pasan a situarse en el 75 % de la capacidad máxima.  Con respecto a establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómica, la declaración del nivel 1 autoriza el consumo en barra y de pie en el interior, con una limitación de aforo al 75 % y de un máximo de veinticinco personas por mesa o agrupaciones de mesas. En terrazas no hay límite de aforo para las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior de acuerdo con la correspondiente licencia municipal o de lo que haya sido autorizado para este año, sin que la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas supere las veinticinco personas.
En todo caso, en ambos espacios sigue vigente el cumplimiento de la separación entre sillas de mesas y de agrupaciones de mesas, de dos metros en interior y de 1,5 en terraza, y el uso de la mascarilla obligatorio, con la excepcionalidad del momento del consumo de alimentos o bebidas.
En cuanto a los horarios establecidos para el nivel 1 para los establecimientos hosteleros y de restauración, en interior como en terrazas, serán los recogidos en las licencias de autorización de actividad referenciadas a las correspondientes ordenanzas municipales.
En cuanto al ocio nocturno las discotecas tendrán un aforo del 50 % y los pubs, karaokes y similares del 75 %. El horario de cierre será el establecido según las ordenanzas municipales. Se permiten los cócteles y similares manteniendo las distancias de seguridad y medidas de higiene.
Por último, en cuanto a aforos en instalaciones deportivas y centros deportivos dedicados a la actividad física y deportiva no oficial, la actividad físico-deportiva podrá realizarse, garantizando la distancia de seguridad y la adecuada ventilación, respectando las reglas en función del nivel de alerta sanitaria pandémica vigente: en nivel 1, sin límite de aforo en espacios al aire libre y del 85 % máximo en cerrados.
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